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Multa por manejar en estado de ebriedad en CDMX

¿Sabes cuáles son todas las sanciones para quien conduzca en estado de ebriedad en CDMX? Conócelas en este post.

¿Qué dice el reglamento de tránsito sobre manejar en estado de ebriedad en CDMX?

Al igual que en todos los estados de México, manejar en estado de ebriedad está prohibido en Ciudad de México (CDMX). Y con razón, ya que esta infracción implica en gran riesgo de accidente de tránsito que puede tener resultados fatales.

Por ello, de acuerdo con el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, la Secretaría, en coordinación con Seguridad Ciudadana, debe diseñar y llevar a cabo campañas y acciones para inhibir el consumo de alcohol, narcóticos, estupefacientes o psicotrópicos al conducir.

¿Cuáles son los grados de alcohol permitidos para conducir en CDMX?

Está prohibido manejar en estado de ebriedad en CDMX, sin embargo, existe una cantidad de alcohol desde la cual se aplica la infracción. Así, de acuerdo con el Artículo 50 del reglamento de tránsito:

“Queda prohibido conducir vehículos motorizados cuando se tenga una cantidad de alcohol en la sangre superior a 0.8 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0.4 miligramos por litro, así como bajo el influjo de narcóticos, estupefacientes o psicotrópicos”.

Sin embargo, esto solo aplica en los conductores de carros particulares porque, en el caso de los siguientes vehículos, los conductores no deben presentar ninguna cantidad de alcohol en la sangre o aire espirado:

  • Vehículos destinados al servicio de transporte público de pasajeros.
  • Vehículos de transporte escolar o de personal.
  • Vehículos de emergencia.
  • Vehículos de transporte de carga.
  • Vehículos de transporte de sustancias tóxicas o peligrosas.

¿Cómo se verifica que un conductor maneja en estado de ebriedad en CDMX?

En el Artículo 51 del Reglamento de Tránsito de Ciudad de México se detalla que, para verificar si el conductor del vehículo motorizado maneja bajo los efectos del alcohol, los integrantes de Seguridad Ciudadana pueden detener un carro en:

1. Puntos de revisión establecidos por Seguridad Ciudadana en los que opere el Programa de Control y Prevención de Ingesta de Alcohol a Conductores de Vehículos en la Ciudad de México

Aquí el procedimiento protocolar es el siguiente:

  1. Los integrantes de Seguridad Ciudadana comisionados a los puntos de revisión conducirán a los conductores para que ingresen su vehículo al carril establecido para ello.
  2. Los integrantes de Seguridad Ciudadana le preguntarán al conductor si ha consumido bebidas alcohólicas, estando a una distancia adecuada para percibir si existe algún indicio de que haya consumido. 
  3. Se solicitará al conductor la licencia para conducir vigente en formato físico o digital y/o el permiso correspondiente, la tarjeta de circulación del carro y la póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros vigente. En caso de no contar con alguno de estos documentos, se procederá a levantar la infracción correspondiente.
  4. Si luego de esto, se considera que el conductor no presenta signos de haber ingerido bebidas alcohólicas, se le permitirá continuar con su marcha.
  5. Y si, por el contrario, el conductor muestra signos de haber ingerido alcohol, el personal técnico comisionado por Seguridad Ciudadana realizará el examen respectivo.
  6. Si el conductor no sobrepasa los límites establecidos, se le permitirá continuar con su recorrido.
  7. Y si el conductor sobrepasa los límites establecidos, se procederá a efectuar las sanciones correspondientes.

2. Cualquier vía, si un carro conduce de manera errática

Según lo establecido en el Artículo 52 del reglamento de tránsito de CDMX, en este caso el procedimiento a seguir por parte de los agentes de tránsito autorizados para infraccionar cuando se percaten de que el conductor muestre signos de haber consumido bebidas alcohólicas debe ser el siguiente:

  1. Indicar al conductor que debe detener su carro.
  2. Identificarse con nombre y número de placa.
  3. Preguntar al conductor si ha consumido bebidas alcohólicas.
  4. Solicitar al conductor su licencia de conducir vigente en formato físico o digital y/o el permiso correspondiente, la tarjeta de circulación y la póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros vigente. En caso de no contar con alguno de estos documentos, se procederá a levantar la infracción correspondiente.
  5. Si el conductor no muestra signos de haber ingerido bebidas alcohólicas, se le permitirá continuar con su camino.
  6. Si el conductor muestra signos de haber ingerido bebidas alcohólicas, será remitido al Juzgado Cívico para que inicie el proceso administrativo.
  7. Si el médico del Juzgado Cívico certifica que el conductor se encuentra en estado de ebriedad o de intoxicación por consumo de bebidas alcohólicas, será sancionado.

¿Cuál es la multa por manejar en estado de ebriedad en CDMX?

En el caso de ser sorprendido conduciendo en estado de ebriedad en CDMX, al tratarse de una infracción tan grave, existen sanciones mucho más altas que una multa.

La multa por manejar en estado de ebriedad en CDMX es de 60 UMA (6.514,2, según los valores vigentes en 2024), pero solo aplica en el caso de que el infractor no sea propietario del carro remitido al depósito y el conductor no hubiere, en un plazo de 30 días, cumplido con las sanciones en su totalidad. Es el propietario del carro quien deberá pagar esta multa.

¿Hay más sanciones por manejar en estado de ebriedad en CDMX?

Como te explicábamos, además hay otras sanciones asociadas a la infracción de manejar en estado de ebriedad en CDMX:

Recuerda que si acumulas 12 puntos, tu licencia de conducir quedará cancelada por 3 años. 

En cuanto a la sanción de remisión del carro al depósito vehicular, esta no puede aplicar para los siguientes vehículos:

  • Los que transporten sustancias tóxicas o peligrosas.
  • Los que cuenten con la autorización, calcomanía o distintivo para el traslado o conducción de personas con discapacidad.

Si este es el caso, entonces el agente deberá esperar a que llegue otro conductor para que el vehículo continúe su marcha.

¿Cómo recuperar mi vehículo del depósito vehicular en CDMX?

Lo primero para poder recuperar tu vehículo del depósito vehicular en CDMX por la infracción de manejar en estado de ebriedad, es que cumplas con todas las sanciones correspondientes. Además, debes:

  • Cubrir los respectivos derechos por el servicio de arrastre y almacenaje del vehículo, conforme lo determine el Código Fiscal para la Ciudad de México.
  • Comprobar la propiedad o legal posesión del carro.
  • Portar las llaves del carro.
  • Exhibir tu licencia de conducir vigente en formato físico o digital y una copia de la misma.
  • Comprobar la no existencia de créditos por el Impuesto de Tenencia o Uso de Vehículos, federal o local; y derechos por servicios de control vehicular.
  • Acreditar que el carro cuenta con una póliza de seguro de responsabilidad civil vigente.

Y, por último, de acuerdo con el Artículo 230 del Código Fiscal para la CDMX, el servicio de grúa en este caso tiene los siguientes valores:

  • $733.50 para vehículos cuya capacidad de arrastre sea de hasta 3.5 toneladas.
  • $1,462.50 para vehículos cuya capacidad de arrastre sea mayor a 3.5 toneladas.
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