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¿Qué hacer ante un accidente de tránsito?

¿A qué organismos se debe llamar? ¿Cuáles son las medidas inmediatas que se deben adoptar? Revísalo en el siguiente post.

¿Qué se debe hacer ante un accidente de tránsito?

Nadie está libre de ser parte o protagonista en un accidente en auto, y aunque se trata de un hecho en el que no se quisiera ni pensar, es importante saber cómo reaccionar ante los distintos escenarios que pueden darse en ese momento.

Por esta razón, hemos querido compartir este paso a paso, de acuerdo con las indicaciones establecidas en el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México.

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¿Qué se debe hacer si el accidente no deja lesionados ni muertos?

Dentro de este escenario, que es el menos malo de lo que se puede esperar, la normativa indica lo siguiente:

1.- Detente y reporta al 911

Lo primero que deben hacer los involucrados, es detenerse en el sitio del accidente, guardar la calma y reportar la situación a un agente de tránsito, quien deberá tomar conocimiento de la situación en el lugar y llenará un reporte con el detalle de las causas y las características del hecho.

2.- Señaliza

Debes mantener encendidas las luces intermitentes del auto y ubicar los triángulos reflectantes del kit de seguridad de tu carro para prevenir a los otros conductores. Estas señalizaciones deben situarse a una distancia mínima de veinticinco pasos o veinte metros aproximadamente del lugar donde se encuentre el vehículo.

3.- Llama a la aseguradora

 Es necesario que este paso se haga cuanto antes para así hacer uso de la póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros vigente.

¿Qué se debe hacer cuando hay lesionados o muertos?

En este caso, y también ante una situación de derrame de combustible, sustancias tóxicas o peligrosas, junto con los pasos descritos en el primer punto, se debe informar de inmediato a los servicios de emergencia, entregando la siguiente información:

  • Detalles de la ubicación.
  • La cantidad de eventuales lesionados.
  • Señalar de inmediato si hay derrame de sustancias peligrosas para que las autoridades adopten las medidas necesarias.

En este escenario, debes tener presente lo siguiente:

  • Las personas lesionadas solo podrán moverse del lugar si no se dispone de la atención médica inmediata, o en la presencia de un peligro inminente que pueda agravar el estado de la persona afectada.
  • En caso de fallecimiento, los cuerpos y vehículos no se podrán remover del sitio del accidente, hasta que la autoridad competente lo autorice.
  • Luego, en el caso de lesiones o fallecimiento, agente o Elemento de Seguridad Ciudadana remitirá a los conductores de vehículos involucrados ante el Agente del Ministerio Público, quien determinará las responsabilidades de los involucrados. 

¿Qué pasa si hay daños materiales a una propiedad privada?

1.- Si los conductores están en condiciones de conducir, sin estar bajo la influencia del alcohol u otras drogas; y si los vehículos han quedado mecánicamente en condiciones de seguir circulando, deben removerse inmediatamente del lugar.

No hacerlo, implica una multa que puede ir de 1 a 10 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) o 6 a 12 horas de arresto administrativo y remisión del vehículo al corralón.

2.- Se debe acordar la forma de reparación de los daños. Si las partes no estuvieran de acuerdo, el agente remitirá a los involucrados y sus vehículos ante la autoridad correspondiente.

¿Qué pasa si hay daños materiales a bienes públicos?

En este caso, las personas implicadas deberán responder materialmente por los daños ocasionados, más allá de lo que establezcan otras disposiciones jurídicas.

Si se causan daños a bienes de la Federación, las autoridades de la CDMX avisarán para que los organismos competentes procedan de acuerdo con las disposiciones legales correspondientes.

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¿Qué pasa si el conductor va ebrio o drogado?

La Ley no da lugar a interpretaciones cuando se trata de la presencia de alcohol, drogas o estupefacientes, señalando que, independiente a que el causante de los daños haya llegado a un acuerdo con el o los afectados para el pago de las pérdidas materiales, de igual manera se le aplicará un arresto administrativo inconmutable de 20 a 36 horas y se le penalizará con 6 puntos en la licencia, siendo remitido a la autoridad competente.

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