El embargo es un derecho del prestamista y consiste en la retención de bienes llevada a cabo como medida de seguridad para el pago de las deudas o las responsabilidades económicas en que haya podido incurrir una persona o entidad.
Para que se concrete un embargo, deben darse estas dos situaciones:
Tu vehículo puede ser embargado si has solicitado un crédito, ya sea automotriz o bancario, y no cumples con sus pagos mensuales.
En el caso de crédito automotriz, tu acreedor puede embargar o incautar tu vehículo en tanto incumplas los pagos de tu préstamo o de tu contrato de leasing. Las cláusulas con los plazos generalmente quedan establecidas en el contrato del crédito, donde se determina qué es lo que constituye un incumplimiento de pago.
Una situación similar puede pasar al pedir un crédito bancario, cualquiera sea el destino del dinero que solicitaste. Si tienes un vehículo inscrito a tu nombre, dependiendo del monto de la deuda, éste podrá formar parte de los bienes que te pueden incautar en caso de mora.
De todas maneras, de acuerdo al artículo 536 del Código de Procedimientos Civiles para El Distrito Federal, el deudor tiene el derecho de designar los bienes que han de embargarse.
Puedes acceder al listado que recurrentemente va publicando el Gobierno de México con vehículos con embargo, aseguramiento y con juicios o procesos legales.
No puedes vender un auto embargado, ya que el nuevo dueño no podrá hacer la transferencia de propiedad del vehículo.
En la práctica, en el mercado informal se venden autos con órdenes de embargo, pero esto ocurre en dos escenarios: