El Acuerdo Secretarial, que fija las características y especificaciones que deben tener las placas metálicas en México, establece en su artículo séptimo que las placas tendrán una vigencia de 3 años, contados a partir de que las entidades federativas, el Distrito Federal o la Secretaría hayan realizado sus canjes totales de placas.
El objetivo del replaqueo o reemplacamiento es contribuir a la estrategia nacional de seguridad pública a través de la actualización y el control de los padrones vehiculares.
Esta medida se ampara en la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SCT-2-2016, que busca tener información confiable que ayude a mejorar la vigilancia e identificación de las placas metálicas y calcomanías que se utilicen en vehículos involucrados en delitos como robos, secuestros, narcotráfico y accidentes que provoquen pérdida de vidas humanas.
El organismo encargado de autorizar el diseño de las matrículas es la Secretaría de Comunicaciones y Transportes de México, a través de la Dirección General de Autotransporte Federal.
En tanto, para cumplir con la norma mexicana, las placas, calcomanías de identificación vehicular, licencia federal de conductor y calcomanía de verificación físico-mecánica, deben ser fabricadas dentro del territorio nacional.
Aunque cada estado puede determinar un listado de requisitos, en general estos son los documentos que debes presentar para realizar el trámite del replaqueo o reemplacamiento:
Comprobante de pago del trámite.
Acreditar propiedad del vehículo: Factura de origen y documento jurídico que acredite propiedad (contrato de compraventa, endoso, responsiva, factura usado, etc.).
Acreditar identidad del propietario: (INE, licencia, pasaporte, cédula, etc.).
Acreditar domicilio en el Estado en que se está haciendo el replaqueo: (INE, recibos de luz, agua, teléfono, predial, etc.).
Presentar recibos de pago de tenencias o de derechos por control vehicular de 5 años anteriores al momento de realizar el trámite o el certificado de No Adeudo por cada impuesto.
En caso de ser persona moral, se debe presentar copia certificada y copia simple para cotejo del Acta Constitutiva y del Poder Notarial del representante legal. Se deberá presentar, además, identificación oficial con fotografía del apoderado legal o administrador único en original y cédula fiscal (RFC).
En caso de no presentarse el propietario, la persona que realice el trámite deberá presentar carta poder debidamente emitida con identificación oficial.
Entregar las láminas de las placas anteriores, la tarjeta de circulación o el documento que acredite la pérdida o robo de estas.
A continuación, te presentamos un listado con algunos estados de México y los costos asociados al trámite del replaqueo. En algunas entidades federativas el reemplacamiento o canje de placas no es un trámite obligatorio, pero sí lo debes realizar en caso de robo o extravío:
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