Los accidentes de tránsito por exceso de velocidad son lamentablemente muy comunes en Veracruz, México y el mundo entero.
Más allá de la pérdida de control que puede ocasionar un exceso de velocidad, por ejemplo, al tomar una curva o adelantar a otro coche, también los excesos de velocidad inciden en la distancia de reacción y distancia de detención.
La OMS determinó ciertas variables asociadas a los riesgos, velocidad y frenado en alguna maniobra. Por ejemplo, si vas a 48 km/h y debes frenar repentinamente, vas a avanzar 9 metros, conocido como distancia de reacción, y durante la frenada van a pasar otros 14 metros. Es decir, vas a recorrer 23 metros antes de poder detenerte completamente si vas a 48 km/h.
Ahora, si vas en una autopista o carretera estatal a gran velocidad, los contratiempos pueden ser mayores. Si vas a 100 millas/hora (96 km/h) la distancia de reacción es de 18 metros y la de frenado de 55 metros, recorriendo 73 metros en total antes de detenerse. Bastante. El llamado es a tener ojo a la velocidad con la que se conduce. El peligro está ahí.
Según el Reglamento de Tránsito del estado de Veracruz, su artículo 75 sostiene, cuando no se especifica las velocidades máximas en algún punto del estado, se establece por convención lo siguiente:
Lugar de circulación | Velocidad máxima permitida |
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Carreteras estatales | 80 km/h |
Avenidas 3,4 carriles por lado | 80 km/h |
Avenidas divididas por camellón | 60 km/h |
Vialidad primaria, no avenida | 60 km/h |
Calles menores | 40 km/h |
Zonas escolares, hospitales, otros | 20 km/h |
Las faltas por exceder los límites de velocidad son consideradas Leve. Eso sí, si se trata de transporte público, el exceso de velocidad es considerado una falta Muy grave.
A la vez, si se excede en 30 km/h el límite máximo de velocidad autorizado por el reglamento, se considera que es una velocidad inmoderada y pasa a ser una falta Muy Grave.
Si nos detenemos un poco en esto, la clasificación de gravedad que hace el reglamento, en su artículo 330, se determina de la siguiente manera:
Si excedes el límite de velocidad en 20 km/h o menos, deberás pagar una multa que va entre los $432,99 y los $865,98. Mismo valor pagarás si no disminuyes la velocidad en zonas de reductores viales.
Si excedes el límite de velocidad en 21 km/h o más, la multa aumenta, quedando entre $2.597,94 a $5.195,88
Es bueno que sepas que el Reglamento de Tránsito de Veracruz establece que quienes paguen su multa durante los primeros 5 días tendrán un 50% de descuento en el monto de la infracción. La única salvedad es la multa por conducir en estado de ebriedad, en cuyo caso no hay descuento.
El artículo 79 del Reglamento de Tránsito en Veracruz además entrega buenos consejos para evitar accidentes o imprevistos al volante: “Los conductores deberán limitar la velocidad de sus vehículos tomando en cuenta sus condiciones físicas, las características y el estado de la vía pública, las condiciones del tránsito, las características del vehículo y su carga, las condiciones meteorológicas y ambientales, y cualquier otra circunstancia, a fin de que pueda detener su vehículo con la anticipación necesaria, ante la presencia de cualquier objeto inesperado en las vías públicas o de alguna circunstancia fortuita”.