En el caso del Estado de México, de acuerdo al Reglamento de Tránsito, estos son los documentos que se debe portar en el coche:
Al contar con permiso provisional, que tiene una vigencia de 30 días, se debe portar en el carro los siguientes papeles:
a).- Factura en original y copia, o carta factura;
b).- Baja, del vehículo en su caso;
c).- Identificación del propietario; y
d).- Pago de derechos.
Para Ciudad de México, según el Reglamento de Tránsito del Distrito Federal, estos son los documentos obligatorios:
Si eres detenido por la autoridad de tránsito y no cuentas con estos documentos o no están vigentes, te expones a las siguientes sanciones:
Para el Estado de México, el no llevar en el carro los documentos que indica el reglamento, implica una multa de 20 días de salario mínimo y retención del vehículo.
Para Ciudad de México, no portar estos papeles se traduce en las siguientes multas:
Documento | Sanción por no portarlo |
---|---|
Licencia o permiso para conducir | 10 a 20 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México y remisión del vehículo al corralón |
Placas | 20 a 30 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México y remisión del vehículo al corralón |
Calcomanía de circulación | 20 a 30 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México y remisión del vehículo al corralón. |
El holograma y constancia de verificación vehicular vigente | 20 a 30 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México y remisión del vehículo al corralón. |
Tarjeta de circulación vigente | 20 a 30 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México y remisión del vehículo al corralón. |
Póliza de seguro de responsabilidad civil vigente | 20 a 40 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México |
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